Tarifa mensual de ISR aplicable durante 2026

Límite inferior en pesosLímite superior en pesosCuota fija en pesosTasa sobre excedente
0.01844.590.001.92%
844.607,168.5116.226.40%
7,168.5212,598.02420.9510.88%
12,598.0314,644.641,011.6816.00%
14,644.6517,533.641,339.1417.92%
17,533.6535,362.831,856.8421.36%
35,362.8455,736.685,665.1623.52%
55,736.69106,410.5010,457.0930.00%
106,410.51141,880.6625,659.2332.00%
141,880.67425,641.9937,009.6934.00%
425,642.00En adelante133,488.5435.00%

Fuente: Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, publicado en el DOF el 28 de diciembre de 2025 (SAT, 2025).

La idea que evita el error más común La tasa de la última columna NO se aplica a todo tu ingreso. La tarifa es progresiva: se toma una cuota fija y la tasa del renglón se aplica únicamente al excedente sobre el límite inferior.

1. Qué es el ISR y por qué no existe una sola fórmula

El Impuesto sobre la Renta (ISR) grava, en términos generales, los ingresos o la renta que obtiene una persona o una empresa. La Ley del ISR obliga a pagar este impuesto a residentes en México por sus ingresos, con independencia de dónde se encuentre la fuente de riqueza; también regula a ciertos residentes en el extranjero cuando existe un establecimiento permanente en México o cuando obtienen ingresos de fuente mexicana (Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, 2024, art. 1).

El punto clave es que el ISR no se calcula igual para todos. Un trabajador asalariado, un profesionista independiente, una persona que renta un inmueble, alguien inscrito en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) y una sociedad mercantil pueden estar pagando el mismo impuesto, pero con reglas, bases, deducciones, retenciones y momentos de pago distintos.

Mapa mental general

INGRESOS GRAVABLES - DEDUCCIONES PERMITIDAS = BASE FISCAL
BASE FISCAL × MECÁNICA APLICABLE = ISR

Esa fórmula es sólo un mapa. La ley determina qué ingresos se acumulan, qué conceptos pueden deducirse y si se usa una tarifa progresiva o una tasa fija. Por eso la primera pregunta práctica nunca debe ser “¿cuánto porcentaje de ISR pago?”, sino “¿qué tipo de contribuyente soy y qué clase de ingreso estoy obteniendo?”.

2. Personas físicas y personas morales: la primera gran división

Para efectos prácticos, la ley divide buena parte del sistema entre personas físicas y personas morales. Una persona física es un individuo que trabaja, vende, presta servicios, renta bienes, invierte o realiza otras actividades económicas. Una persona moral es una entidad con personalidad jurídica propia, como muchas sociedades mercantiles y asociaciones. El SAT también distingue los regímenes fiscales según la actividad y el tipo de contribuyente (SAT, s. f.).

  • Las personas físicas suelen enfrentar tarifas progresivas: conforme aumenta la base, aumenta la tasa marginal, hasta llegar al 35%.
  • Las personas morales del régimen general calculan el ISR anual aplicando una tasa del 30% al resultado fiscal, conforme al artículo 9 de la Ley.
  • Algunos regímenes especiales, como RESICO, tienen reglas distintas y no deben mezclarse con las del régimen general.

3. Cómo leer correctamente la tarifa mensual de 2026

La tabla del inicio se parece a la que suele aparecer en recibos de nómina, calculadoras fiscales y materiales contables. Tiene cuatro datos: límite inferior, límite superior, cuota fija y tasa aplicable al excedente. Para usarla se localiza el renglón donde cae el ingreso gravable; después se resta el límite inferior, se multiplica el excedente por la tasa y se suma la cuota fija.

ISR = CUOTA FIJA + [(BASE - LÍMITE INFERIOR) × TASA MARGINAL]

Ejemplo simplificado: supongamos una base gravable mensual de $30,000.00. Ese monto cae en el renglón de $17,533.65 a $35,362.83.

Base gravable mensual$30,000.00
Menos límite inferior$17,533.65
Excedente × 21.36%$2,662.81
Más cuota fija / ISR$1,856.84 / $4,519.65

4. ISR de sueldos y salarios: por qué el patrón retiene

Cuando una persona recibe ingresos por un trabajo subordinado, el patrón normalmente calcula y retiene el ISR. La retención funciona como un pago del impuesto del trabajador y se determina conforme a las reglas del capítulo de salarios y a la tarifa del artículo 96. El patrón también tiene obligaciones de emitir CFDI de nómina y, en ciertos casos, efectuar el cálculo anual de sus trabajadores (Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, 2024, arts. 96 y 99).

Una tasa marginal alta no significa que todo el salario se grave a esa tasa. Sólo la parte que rebasa el límite inferior del renglón usa ese porcentaje. Ésta es la razón por la que pasar a un escalón superior no hace que todo el ingreso anterior “salte” al nuevo porcentaje.

Retención no siempre significa impuesto definitivo Durante el año, las retenciones de nómina son pagos a cuenta. Si la persona está obligada a presentar declaración anual, el impuesto del ejercicio se recalcula con la tarifa anual y se restan las retenciones ya efectuadas.

5. Actividades empresariales y servicios profesionales

Una persona física que vende bienes, opera un negocio o presta servicios profesionales puede tributar bajo el régimen de actividades empresariales y profesionales. En este esquema, los ingresos se consideran acumulables cuando son efectivamente percibidos y las deducciones, en términos generales, deben cumplir requisitos y ser efectivamente erogadas cuando así lo exige la ley (Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, 2024, arts. 102, 103 y 105).

La lógica mensual es acumulativa: se consideran los ingresos obtenidos desde enero hasta el mes que se declara, se restan las deducciones autorizadas del mismo periodo y otros conceptos que procedan, y se aplica la tarifa acumulada publicada para el ejercicio. Después se restan pagos provisionales anteriores y retenciones acreditables. Los pagos provisionales se presentan, como regla general, a más tardar el día 17 del mes siguiente (art. 106).

  • Un gasto no se vuelve deducible sólo porque tenga factura. Debe cumplir los requisitos de la Ley del ISR y demás disposiciones fiscales.
  • Los servicios profesionales prestados por una persona física a una persona moral pueden generar una retención de ISR del 10% en el régimen general, acreditable contra sus pagos provisionales, conforme al artículo 106.
  • Conviene separar desde el inicio los gastos personales de los gastos vinculados con la actividad. Mezclarlos provoca errores en deducciones y contabilidad.

6. RESICO para personas físicas: sencillo, pero con reglas propias

El Régimen Simplificado de Confianza para personas físicas puede aplicar, si se cumplen sus requisitos, a quienes realizan actividades empresariales, profesionales o conceden el uso o goce temporal de bienes. La Ley establece como límite general de ingresos $3,500,000 anuales para entrar o permanecer en el régimen, además de otras condiciones y exclusiones (Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, 2024, art. 113-E).

Ingreso mensual efectivamente cobrado, sin IVATasa RESICO
Hasta $25,000.001.00%
Hasta $50,000.001.10%
Hasta $83,333.331.50%
Hasta $208,333.332.00%
Hasta $3,500,000.002.50%

RESICO no es simplemente “pagar menos ISR” Es un régimen con requisitos de entrada, permanencia y cumplimiento. La conveniencia económica depende del tipo de actividad, margen, deducciones que se perderían, clientes y demás circunstancias.

7. Ingresos por arrendamiento

Quien renta inmuebles también puede generar ISR. La Ley contempla reglas específicas para ingresos por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles. En el régimen general pueden existir deducciones vinculadas con el inmueble y una opción de deducción sin comprobación en los términos previstos por la propia ley, además del impuesto predial correspondiente. El cálculo debe analizarse por separado del IVA, porque no todo arrendamiento tiene el mismo tratamiento en ambos impuestos.

La enseñanza práctica es sencilla: ISR e IVA no se sustituyen entre sí. Una renta puede generar ISR aunque para IVA exista una exención específica, como ocurre en ciertos arrendamientos destinados exclusivamente a casa habitación. Cada impuesto debe revisarse con su propia ley.

8. Personas morales: tasa del 30% sobre el resultado fiscal

En el régimen general de personas morales, el artículo 9 establece una tasa del 30% aplicada al resultado fiscal del ejercicio. Ese resultado no equivale simplemente a “ventas menos gastos bancarios”. La ley parte de ingresos acumulables, deducciones autorizadas, PTU pagada y, en su caso, pérdidas fiscales pendientes de disminuir.

INGRESOS ACUMULABLES - DEDUCCIONES AUTORIZADAS - PTU PAGADA = UTILIDAD FISCAL
UTILIDAD FISCAL - PÉRDIDAS FISCALES PENDIENTES = RESULTADO FISCAL
RESULTADO FISCAL × 30% = ISR DEL EJERCICIO

Ejemplo simplificado de una empresa:

Ingresos acumulables$5,000,000
Deducciones autorizadas-$3,700,000
PTU pagada-$100,000
Utilidad fiscal$1,200,000
Pérdidas fiscales pendientes-$200,000
Resultado fiscal × 30%$1,000,000 × 30% = $300,000

9. Qué significa que un gasto sea deducible

Una de las ideas más importantes de la Ley del ISR es que no todo gasto contable es automáticamente una deducción fiscal. Para personas morales, el artículo 25 enumera deducciones como costo de lo vendido, gastos e inversiones; el artículo 27 fija requisitos. Para personas físicas con actividad empresarial o profesional existen reglas propias en los artículos 103 y 105.

  • Debe existir una relación con la actividad y, cuando la ley lo exige, ser estrictamente indispensable.
  • Debe existir CFDI válido y cumplir los requisitos de forma y de pago que correspondan.
  • Las inversiones no suelen deducirse de golpe: se aplican porcentajes y reglas de depreciación fiscal.
  • Hay gastos que la ley limita o prohíbe deducir, aunque desde el punto de vista del negocio sí hayan representado una salida de dinero.

Por eso “tener factura” y “ser deducible” son dos preguntas distintas. El CFDI es parte de la documentación, pero no reemplaza el análisis de fondo.

10. Deducciones personales: no son lo mismo que gastos del negocio

Las personas físicas pueden disminuir ciertas deducciones personales al calcular el ISR anual. Entre ellas se encuentran, bajo requisitos específicos, honorarios médicos, dentales, de psicología y nutrición; gastos hospitalarios; funerarios; donativos autorizados; intereses reales de créditos hipotecarios para casa habitación; aportaciones complementarias de retiro; primas de seguros de gastos médicos y determinados gastos de transportación escolar (Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, 2024, art. 151).

Como regla general, el conjunto de deducciones personales sujetas al límite no puede exceder la cantidad menor entre cinco UMA anuales o 15% del total de los ingresos del contribuyente, incluyendo ingresos exentos. Existen conceptos con reglas y límites propios, y algunas excepciones al límite general, por lo que conviene revisar el artículo 151 antes de asumir que todo el importe pagado reducirá la base.

Deducción autorizada vs. deducción personal La primera suele relacionarse con producir el ingreso de una actividad económica. La segunda se aplica principalmente en la declaración anual de la persona física y responde a categorías expresamente previstas por la ley.

11. La declaración anual de personas físicas

El artículo 150 establece que las personas físicas que obtienen ingresos en un año deben presentar declaración anual en abril del año siguiente, salvo excepciones. Entre ellas existe una opción para ciertas personas que sólo obtienen salarios e intereses y cumplen los límites y requisitos legales. Además, las reglas de cada tipo de ingreso pueden generar obligaciones específicas.

En la anual se suman los ingresos acumulables conforme a las reglas aplicables, se restan deducciones autorizadas y personales cuando procedan, se calcula el impuesto con la tarifa anual y después se acreditan pagos provisionales y retenciones. El resultado puede ser impuesto a cargo o saldo a favor.

Tarifa anual del ejercicio 2026

Límite inferiorLímite superiorCuota fijaTasa marginal
0.0110,135.110.001.92%
10,135.1286,022.11194.596.40%
86,022.12151,176.195,051.3710.88%
151,176.20175,735.6612,140.1316.00%
175,735.67210,403.6916,069.6417.92%
210,403.70424,353.9722,282.1421.36%
424,353.98668,840.1467,981.9223.52%
668,840.151,276,925.98125,485.0730.00%
1,276,925.991,702,567.97307,910.8132.00%
1,702,567.985,107,703.92444,116.2334.00%
5,107,703.93En adelante1,601,862.4635.00%

Ejemplo simplificado: si después de las deducciones aplicables la base anual fuera de $550,000, el monto cae en el rango de $424,353.98 a $668,840.14. La cuota fija es $67,981.92 y la tasa de 23.52% se aplica únicamente al excedente de $125,646.02. El ISR calculado sería aproximadamente $97,533.86 antes de restar retenciones, pagos provisionales u otros acreditamientos procedentes.

12. Ingresos exentos y por qué “exento” no significa “no informar nunca”

La Ley contempla diversos ingresos exentos para personas físicas en el artículo 93, pero cada exención tiene condiciones y, con frecuencia, límites. Algunos ejemplos pueden involucrar prestaciones laborales, indemnizaciones, herencias, donativos entre determinados familiares o venta de casa habitación bajo requisitos específicos. No debe suponerse que una etiqueta coloquial basta para obtener la exención.

Además, la ley puede exigir informar determinados ingresos aun cuando estén exentos o tengan impuesto definitivo. Por ejemplo, el artículo 150 establece obligaciones de información cuando los ingresos totales superan ciertos montos. En materia fiscal, “no pagar ISR por un ingreso” y “no tener obligación de reportarlo” son cuestiones distintas.

13. Retenciones, pagos provisionales e impuesto anual

Tres conceptos se confunden con frecuencia. Una retención es el ISR que un tercero descuenta y entera al SAT por cuenta del contribuyente. Un pago provisional es un anticipo que el propio contribuyente paga durante el año. El impuesto anual es el resultado definitivo del ejercicio después de aplicar las reglas correspondientes y restar los anticipos que legalmente pueden acreditarse.

ISR ANUAL CALCULADO - RETENCIONES ACREDITABLES - PAGOS PROVISIONALES = SALDO A CARGO
O A FAVOR

Que exista saldo a favor no significa que cualquier cantidad pueda recuperarse automáticamente. Debe provenir de la mecánica legal y estar respaldada por información, CFDI, retenciones y pagos correctamente registrados.

14. Errores comunes que conviene evitar

  • Aplicar la tasa máxima del renglón a todo el ingreso en vez de usar la cuota fija y el excedente.
  • Confundir ingreso bruto con base gravable. No todos los ingresos y deducciones se tratan igual.
  • Pensar que cualquier gasto con CFDI es deducible.
  • Mezclar ISR con IVA. Son impuestos distintos y la base, el momento y las obligaciones pueden ser diferentes.
  • Usar la tarifa mensual para calcular directamente el impuesto anual o viceversa.
  • Ignorar retenciones ya efectuadas y terminar pagando dos veces la misma parte del impuesto.
  • Elegir RESICO sólo por sus tasas sin revisar requisitos, exclusiones y el efecto de no aplicar deducciones.
  • No conservar documentación o depender únicamente de movimientos bancarios sin CFDI y soporte fiscal.

15. Método práctico para analizar cualquier caso de ISR

1. Identifica al contribuyente¿Es persona física o moral? ¿Residente en México o extranjero?
2. Identifica el tipo de ingresoSalario, actividad empresarial, honorarios, renta, intereses, venta de bienes, dividendos u otro.
3. Ubica el régimen fiscalRégimen general, RESICO u otro tratamiento específico.
4. Determina cuándo se acumulaCobro efectivo, devengo u otro momento según el capítulo aplicable.
5. Revisa deducciones y exencionesSólo las expresamente permitidas y con sus requisitos.
6. Aplica la tarifa o tasa correctaMensual, acumulada o anual; progresiva o fija, según corresponda.
7. Resta pagos y retencionesAcredita únicamente lo que la ley permita y esté documentado.
8. Cumple la declaraciónMensual, anual e informativas que correspondan al régimen.

16. Lo esencial para recordar

Entender la Ley del ISR no consiste en memorizar cientos de artículos. Consiste en seguir un orden. Primero se identifica quién obtiene el ingreso y de qué tipo es; después se determina qué parte es gravable, qué deducciones proceden, qué tarifa o tasa se aplica y cuánto ya fue pagado mediante retenciones o anticipos.

Para una persona física, la tarifa progresiva explica por qué el porcentaje marginal no equivale al porcentaje efectivo que paga sobre todo su ingreso. Para una persona moral, la tasa general del 30% se aplica a un resultado fiscal construido con reglas específicas. En RESICO, la base y las tasas responden a una lógica distinta. La clave es no mezclar mecanismos.

Resumen en una línea ISR = identificar correctamente el ingreso + aplicar sólo las deducciones permitidas + usar la tarifa o tasa correcta + restar retenciones y pagos provisionales.

Esta guía es informativa y educativa. Las obligaciones pueden variar según el régimen, la actividad, el tipo de ingreso y las reglas vigentes. Para una operación concreta conviene revisar la Ley del ISR, la Resolución Miscelánea Fiscal aplicable y, cuando sea necesario, asesoría profesional.